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La Justicia deniega la cautelar y seguirá habiendo fútbol los lunes y los viernes

El Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 8 ha desestimado la petición de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) de suspender la resolución del Consejo Superior de Deportes (CSD) de autorizar que se jueguen partidos de LaLiga Santander y LaLiga SmartBank los viernes y los lunes, por lo que LaLiga podrá seguir programando encuentros esos días.

El pasado 16 de octubre, la presidenta del CSD, Irene Lozano, autorizó a LaLiga la programación de partidos de fútbol los viernes y lunes, en este último caso con varios condicionantes. Así, permitía «la celebración de partidos los viernes, correspondientes a la respectiva jornada del calendario oficial de partidos» de Primera y Segunda, mientras que en la franja de los lunes se podría «programar hasta un máximo de 20 jornadas por temporada, descontados los festivos, con, en principio, uno solo por jornada».

La suspensión cautelar fue rechazada en sus alegaciones tanto por el CSD como por la LaLiga, demandada y codemandada respectivamente por la RFEF en este asunto. En su auto, el Juzgado destaca que para acordar una suspensión como la solicitada, «la parte demandante tiene la carga de probar adecuadamente qué daños y perjuicios de reparación imposible o difícil concurren en el caso para acordar la suspensión, sin que sea suficiente una mera invocación genérica de aquellos».

La RFEF alegaba que, de no acordarse la suspensión, la sentencia que dictase después el Juzgado no podría ser ejecutada en sus propios términos porque la temporada habría finalizado, y el recurso perdería «sentido propio o esencial».

Sin embargo, el Juzgado asegura que la RFEF no solo no ha acreditado perjuicio alguno, «sino que ni tan siquiera alega el concreto perjuicio que le supone el acto objeto de recurso ni el perjuicio que le acarrearía si la temporada deportiva finalizase antes de una eventual sentencia estimatoria».

«Así las cosas, la solicitud de suspensión no sólo no ha ido acompañada de una mínima y al menos indiciaria actividad probatoria sobre el perjuicio que puede causar la ejecución del acto, carga que corresponde a quien lo alega; es que no se han identificado cuáles pudieran ser tales perjuicios. Y en la necesaria ponderación de intereses a que se refiere el art. 130 LJCA, prevalecen claramente los intereses de la Administración demandada y de la codemandada La Liga», añade.

En cuanto al argumento de la RFEF de que nos encontramos ante una resolución administrativa adoptada por un órgano manifiestamente incompetente por razón de la materia, el auto indica que no es el momento procesal de examinar el fondo del asunto. «No se advierte de forma ostensible y clara la apariencia de buen derecho a favor de la recurrente, cuyo examen requeriría un análisis en profundidad de la legalidad del acto impugnado, prejuzgándose de este modo la decisión final que sobre el fondo del asunto habría de adoptarse, para lo que no resulta trámite idóneo el incidente de adopción de medidas cautelares», apunta.

De esta manera, LaLiga podrá seguir programando partidos de sus dos competiciones tanto el viernes como el lunes. Este auto es recurrible en apelación, algo que no ha confirmado la RFEF.

«Se nos dará la razón»

El organismo presidido por Luis Rubiales reiteró su «plena confianza en la Justicia» y en que, a pesar de la denegación de la cautelar, se le dará «la razón» cuando se juzgue el fondo del asunto. «Esta RFEF tiene el pleno convencimiento de que se nos dará la razón en el momento en el que se juzgue sobre el fondo del recurso planteado, como ha ocurrido en el ámbito de lo mercantil, donde ya se nos dio la razón en el fondo y no en las cautelares. Confiamos plenamente en la Justicia», apunta.

«Cuando se dicte la resolución sobre el fondo estamos seguros de que quedará acreditada la plena ilegalidad de la resolución adoptada por la presidenta del CSD, tanto por cuestiones de forma, como de contenido», prosigue.

Además, aseguró que seguirá «trabajando y defendiendo los intereses de todo el fútbol» en el marco de las competencias que tiene atribuidas por ley en el conjunto de las competiciones oficiales de fútbol en España, «sean estas de ámbito profesional o no».